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La SBP establece nuevas reglas para fortalecer la seguridad y transparencia de las operaciones bancarias en canales digitales

La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó los Acuerdos N°8-2026 y N°9-2026, dirigidos a fortalecer la protección de los clientes bancarios, promover una mayor transparencia en los servicios financieros y reforzar los controles aplicables a las operaciones realizadas a través de canales electrónicos.

El Acuerdo N°8-2026, del 22 de septiembre de 2026, establece nuevos lineamientos para la verificación de las transferencias electrónicas de fondos dentro del territorio nacional. La norma dispone que los bancos implementen mecanismos que permitan validar la correspondencia entre los datos del beneficiario y la información registrada en las entidades bancarias antes de ejecutar una transferencia.

Asimismo, la regulación contempla que los clientes puedan verificar previamente información clave de la operación, incluyendo el titular de la cuenta receptora, el banco destinatario y el monto de la transacción. También incorpora medidas para advertir posibles inconsistencias que puedan derivar en errores o situaciones de fraude.

Por su parte, el Acuerdo N°9-2026, del 22 de septiembre de 2026, modifica el Acuerdo N°6-2026 al extender hasta el 31 de marzo de 2027 su entrada en vigor. La decisión busca brindar a las entidades bancarias un período adicional para adecuar sus procesos, sistemas y procedimientos a las nuevas disposiciones regulatorias.

Además, el acuerdo incorpora un modelo ilustrativo de tabla de amortización que servirá como referencia para la aplicación de los requerimientos relacionados con la información que las entidades bancarias deben suministrar a sus clientes en operaciones de crédito.

Estas medidas forman parte de los esfuerzos continuos de la institución para fortalecer el marco regulatorio bancario y contribuir a la transparencia, la seguridad y la confianza en el sistema financiero panameño.

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