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Multas de hasta $20 millones y posible intervención: Nueva proyecto de ley busca corregir el mercado eléctrico de Panamá

Las empresas eléctricas que incumplan la ley o los contratos de concesión podrán ser multadas hasta por $20 millones, según un proyecto de ley que el Consejo de Gabinete autorizó presentar ante la Asamblea Nacional mediante la Resolución N.83-26.

La propuesta, que modifica y adiciona artículos al Texto Único de la Ley 3 de febrero de 1997, también faculta a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) para intervenir a los prestadores del servicio eléctrico que incurran en faltas graves, como parte de un paquete de medidas orientado a corregir distorsiones en el mercado y fortalecer la protección al consumidor.

Según informó un comunicado de Presidencia, el proyecto busca dar respuesta a las reiteradas quejas en torno a la calidad del suministro eléctrico, motivadas por frecuentes fluctuaciones de voltaje, interrupciones del servicio y daños a electrodomésticos, así como a deficiencias en los mecanismos de atención, compensación e indemnización al cliente.

De acuerdo con lo señalado por el Gabinete, el incremento de las sanciones busca equilibrar la relación entre prestadores y usuarios y fortalecer la protección del consumidor dentro del sector eléctrico.

Para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios, el proyecto propone que la ASEP pueda intervenir a los prestadores del servicio público de electricidad durante el tiempo que tome corregir una falta, o mientras se rescinda o se resuelva administrativamente el contrato o la licencia correspondiente. Para tal fin, se designará un interventor cuya remuneración deberá ser cubierta por el propio prestador del servicio, quien quedará inhabilitado para mantener vínculos comerciales o profesionales con la empresa intervenida, sus filiales o su grupo económico durante un periodo de dos años.

La propuesta del Ejecutivo, que regirá para los próximos contratos, incorpora además disposiciones orientadas a garantizar mayor transparencia en la información suministrada a los clientes, plazos definidos para la atención de reclamos y el reconocimiento de créditos por incumplimiento de las normas de calidad por parte de las empresas distribuidoras, conforme a la normativa vigente, junto con herramientas para una supervisión más efectiva por parte de la autoridad reguladora.

El proyecto también amplía y precisa las obligaciones de las empresas de distribución eléctrica, al incorporar elementos esenciales para la modernización del sistema, tales como la implementación de tecnologías de redes inteligentes, mejoras en los sistemas de medición, estándares de transparencia operativa y compromisos de inversión.

Otra de las innovaciones es que la electrificación de áreas rurales no servidas, no rentables y no concesionadas se incluye como una obligación inherente a la actividad de distribución, ampliando su alcance. De igual manera, se introducen ajustes regulatorios que permitirían reconocer estas inversiones dentro de la estructura de costos del sector, asegurando señales económicas adecuadas que viabilicen su ejecución.

Sobre este punto, la administradora general de la ASEP, Zelmar Rodríguez, indicó que unas 150,000 familias que actualmente no cuentan con el servicio podrán tener acceso a energía eléctrica.

En materia de competencia y estructura del mercado, se proponen ajustes normativos dirigidos a evitar escenarios de concentración excesiva y a preservar condiciones de competencia efectiva, garantizando un entorno equilibrado, transparente y orientado al interés público. A la vez, se incorporan mecanismos que fomentan una competencia real y efectiva en los procesos de venta del paquete mayoritario de acciones de empresas concesionarias de distribución eléctrica.

Otros ajustes, según el Gabinete, apuntan al régimen sancionatorio y a las facultades de la autoridad reguladora, a fin de robustecer la eficacia del sistema de fiscalización y cumplimiento normativo, entre ellos la ampliación de las facultades de cobro coactivo contempladas en el Texto Único de la Ley 26 de 29 de enero de 1996, para procesos administrativos cuyo objeto sea el resarcimiento económico al cliente final.

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