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El pleno de la Asamblea aprueba en tercer debate la ampliación de los descuentos a jubilados

La Asamblea Nacional de Panamá aprobó en tercer y último debate el Proyecto de Ley N°226, una normativa orientada a expandir la cartera de descuentos y beneficios económicos dirigidos a los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad. La medida busca fortalecer el poder adquisitivo de este sector de la población frente al costo de los servicios y productos de consumo básico.

Esta iniciativa legal actualiza las normativas vigentes sobre los derechos de los adultos mayores, estableciendo de forma obligatoria un catálogo más amplio de descuentos en rubros esenciales y actividades de recreación.

Entre los ajustes comerciales más destacados que contempla la ley, se establecen las siguientes deducciones:

  • 30% de descuento en la compra de medicamentos.

  • 20% de descuento en la adquisición de pañales desechables para adultos.

  • 25% de descuento en la facturación de pasajes aéreos, tanto para vuelos nacionales como internacionales.

  • 50% de descuento en el hospedaje en hoteles, moteles, hostales y pensiones (aplicable de lunes a jueves).

  • 50% de descuento en el precio de entrada a cines, teatros, eventos deportivos, centros de visitantes y otros espectáculos públicos.

Para hacer efectivos estos beneficios, el proyecto detalla que los contribuyentes deberán presentar su documentación de identidad o carnet que los acredite debidamente como jubilados o pensionados, de acuerdo con las normativas de reglamentación correspondientes.

En materia de cumplimiento, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) mantendrá la potestad de fiscalizar el acatamiento de la Ley. Se ha advertido que los agentes económicos y locales comerciales que incurran en el incumplimiento de estas rebajas obligatorias se exponen a fuertes sanciones económicas, cuyas multas pueden alcanzar hasta los $5,000.

Ahora le corresponderá al presidente de la República, José Raúl Mulino, tomar la decisión de sancionar o vetar la iniciativa para su posterior promulgación en la Gaceta Oficial, paso definitivo para su entrada en vigor.

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