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Mulino firma la reforma a la Ley 6 de 1987 con nuevos descuentos a la tercera edad

El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó este lunes 2 de noviembre, en Consejo de Gabinete extraordinario, la ley que modifica y adiciona artículos a la Ley 6 de 1987, sobre beneficios a jubilados, pensionados y personas de la tercera edad, según informó la Presidencia.

El mandatario presentó la sanción como el cumplimiento de su promesa a los adultos mayores del país.

De acuerdo con el comunicado de la Presidencia, la nueva norma amplía los beneficios de la ley vigente, en particular los descuentos en productos y servicios de salud, como medicamentos, consultas médicas, exámenes de laboratorio, radiografías y tratamientos oncológicos, entre otros.

Se detalló que la ley también introduce descuentos en bienes, equipos de asistencia y ayudas técnicas, entre ellos prótesis, sillas de ruedas, muletas, bastones, andaderas, sanitarios portátiles, sillas de baño, camas hospitalarias y colchones especializados.

Entre los descuentos nuevos figuran además la compra de ataúdes y urnas, la contratación de servicios funerarios, los pañales desechables para adultos y diversos gastos de trámites de vivienda, cuando el propietario sea una persona adulta mayor.

Según el texto de la ley, las personas de la tercera edad, panameñas o extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional, estén o no pensionadas o jubiladas, podrán acreditar su condición con su cédula de identidad personal, con su carné de jubilado o pensionado, o con el carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral.

La norma establece que todos los descuentos y concesiones previstos serán deducibles del impuesto sobre la renta del contribuyente que los otorgó, al momento de presentar su declaración de renta. Asimismo, eleva las multas para las personas naturales y jurídicas que se nieguen a aplicar los descuentos a jubilados, que podrán llegar hasta los $5,000.

De acuerdo con la misma disposición, la ley comenzará a regir seis meses después de su promulgación.



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